Avisos Importantes

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PROTECCIÓN DEL MENOR EN EL ÁMBITO DEPORTIVO (LOPIVI)


2025-04-09-


Protocolo de Prevención y Actuación frente a la Violencia contra Niños, Niñas y Adolescentes en el Ámbito Deportivo de la Federación de Golf de la Comunidad Valenciana (FGCV): PINCHA AQUÍ

La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI), es de aplicación en todas las actividades deportivas organizadas o supervisadas directamente por la Federación de Golf de la Comunidad Valenciana (FGCV), en las que intervengan directamente sus técnicos, monitores o personal designado. El resto de entidades deportivas, clubes, centros educativos o cualquier otra organización que desarrolle actividades deportivas con menores de edad deberá poner en marcha su propio protocolo de actuación, según lo establecido en la normativa vigente, en el ámbito de su competencia.

Con el objetivo de garantizar un entorno seguro para la práctica deportiva de los niños, niñas y adolescentes, la FGCV adopta e implanta el presente Protocolo de Prevención y Actuación frente a la Violencia contra los Menores en el Ámbito Deportivo, siguiendo los requerimientos de la Ley Orgánica 8/2021. Este Protocolo, evaluado previamente por las autoridades competentes en materia de Deporte y Protección de Menores, recoge las actuaciones necesarias para:

  1. Prevenir cualquier situación de violencia.
  2. Detectar de forma precoz posibles indicadores de situaciones de riesgo.
  3. Intervenir de manera efectiva ante casos de violencia sobre la infancia y adolescencia en el ámbito deportivo.

Este Protocolo debe ser de obligado cumplimiento y aplicarse desde este momento en todas las actividades deportivas organizadas por la FGCV, incluyendo los Centros de Tecnificación, Escuelas y programas en los que participen personas menores de edad. Además, todas aquellas entidades que realicen actividades de deporte o de ocio con menores de edad —y que colaboren o se integren en la FGCV— tendrán la obligación legal de:

  • Implantar un sistema de monitorización que garantice el cumplimiento del Protocolo de protección de menores. Para ello, se facilita una guía de acompañamiento y formularios orientativos.
  • Designar la figura del Delegado o Delegada de Protección, a quien los menores puedan dirigirse para expresar inquietudes y que velará por la difusión y el cumplimiento de estos protocolos, además de comunicar cualquier caso de violencia o indicio de la misma.
  • Adoptar medidas que garanticen la no discriminación por razón de edad, raza, discapacidad, orientación sexual, identidad o expresión de género, o cualquier otra circunstancia personal o social. Se promoverá el rechazo a insultos, expresiones degradantes o comportamientos discriminatorios.
  • Fomentar la participación activa de la infancia y adolescencia en todos los aspectos de su formación y desarrollo integral, tanto deportivo como educativo.
  • Reforzar las relaciones y la comunicación entre las organizaciones deportivas, las familias y/o tutores legales, para asegurar que el deporte se desarrolle en un entorno seguro, saludable y enriquecedor.

Ahora bien,

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